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Incentivos para pymes y empresarios

No olvide aplicarlos a la hora de confeccionar su declaración.

Incentivos para pymes y empresarios

Video elaborado con Inteligencia Artificial – NotebookLM 

Si usted desarrolla su actividad a través de una sociedad (una SA o una SL, por ejemplo) que factura menos de diez millones de euros, recuerde que a la hora de calcular su Impuesto sobre Sociedades (IS) puede aplicar los incentivos fiscales previstos para las empresas de reducida dimensión:  

  • Su empresa disfrutará de un tipo de gravamen reducido que se va a ir reduciendo en los próximos años. Dicho tipo se va a ir reduciendo un punto porcentual cada año, desde el 24% aplicable en 2025, hasta el 20% que será aplicable a partir de 2029. Y en caso de empresas que facturan menos de un millón de euros, los tipos se reducen aún más. 
  • Podrá aplicar la libertad de amortización para las inversiones en activos nuevos, siempre que también aumente su plantilla. En concreto, la cuantía que puede amortizarse libremente es la que resulte de multiplicar el incremento de su plantilla media de trabajadores por 120.000 euros.  
  • También podrá amortizar sus activos nuevos según el porcentaje que resulte de multiplicar por dos el coeficiente máximo de tablas. Y si se trata de activos adquiridos en leasing, podrá amortizarlos por el menor de entre el principal del préstamo devuelto y el resultado de multiplicar por tres el coeficiente máximo de amortización.  
  • También podrá considerar como gasto fiscalmente deducible, en concepto de deterioro de clientes, el 1% de su saldo de clientes a 31 de diciembre. Y si en 2024 ya contabilizó este deterioro, cuando cierre las cuentas de 2025 podrá computar un 1% de la variación de dicho saldo (será un gasto si el saldo de deudores ha aumentado, y un ingreso si ha disminuido).  
  • Por último, podrá acogerse al incentivo de la reserva de nivelación, que le permite reducir un 10% la base imponible de su IS.

Estas ventajas (excepto la disminución del tipo de gravamen y la reserva de nivelación) también le serán aplicables si usted desarrolla su actividad como autónomo y calcula sus rendimientos en estimación directa, siempre que no supere los diez millones de euros de facturación. En este caso no obstante, recuerde que si reinvierte sus beneficios en activos nuevos disfrutará de una deducción adicional en la cuota del IRPF del 5% de la reinversión realizada, incentivo que no es aplicable a las SA o SL. 

 

Nuestros profesionales le indicarán los incentivos fiscales aplicables en su caso. Recuerde que los empresarios autónomos también pueden disfrutar de los incentivos previstos para las pymes.

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